Veda electoral: ¿Qué es? y ¿Qué no se puede hacer?

Veda electoral: ¿Qué es? y ¿Qué no se puede hacer?

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Qué se puede y qué no se puede hacer a partir de la veda
• Queda prohibida toda actividad de campaña y difusión de mensajes proselitistas a través de los medios de comunicación

• Las redes sociales como Facebook y Twitter e Instagram no están contempladas por la legislación vigente. Los blogs y periódicos digitales sí están regulados por las normas electorales.

• No pueden publicarse encuestas ni declaraciones de propaganda política de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales.

• Desde doce horas antes y hasta tres horas después del cierre de los comicios se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas y a partir de la medianoche previa a la elección los locales bailables deben permanecer cerrados.

• Durante las 8 y las 18 del domingo no podrán realizarse espectáculos populares al aire libre ni en recintos cerrados, fiestas teatrales y deportivas, ni toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.

• A 80 metros de las mesas de votación tampoco podrán llevarse a cabo (desde doce horas del acto comicial) reuniones de electores en los domicilios, ni utilizar depósitos de armas, abrir organismos partidarios ni distribuir boletas con consignas políticas del acto comicial.

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